En una primera etapa, cuando los denunciantes prestaron declaración ante la Fiscalía, se les hizo saber su derecho a recibir protección y la posibilidad de, eventualmente, ser incluidos en el Programa
de Protección de Testigos, pero fueron los propios testigos los que dijeron que, por el momento, no consideraban necesaria esa protección, precisamente porque habían entendido que su identidad estaba reservada y, por lo tanto, no había peligro de que los acusados conocieran su testimonio.