Coronavirus en Argentina: el Banco Central definirá cuándo y para qué se abren los bancos

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El debate sobre si los bancos deben ser considerados actividad esencial y abrir sus puertas igual que supermercados y farmacias que se dio a partir del viernes, cuando los jubilados estuvieron

desde temprano haciendo cola y exponiéndose al contagio del coronavirus lo resolverá el titular del Banco Central, Miguel Pesce.

Es que, de hecho, el decreto 297 del 19 de marzo, que estableció el aislamiento preventivo, fijó en su artículo 6 como actividad esencial, entre muchas otras, a la "Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central de la República Argentina disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos".

Esto quiere decir que el Central es el que define cuándo se abren los bancos y para qué actividades. Por eso, de hecho, se pusieron en funcionamiento las sucursales desde el viernes para pagarle a jubilados y beneficiarios de otras prestaciones que no contaran con tarjeta de débito o no supieran cómo utilizarla. No es necesario otro decreto ni norma.

El tema de los bancos como servicios esenciales se conversó anoche en el encuentro que tuvieron en la Quinta de Olivos Pesce con el titular de la ANSeS Alejandro Vanoli y el jefe de Gabinete Santiago Cafiero. El encuentro apuntó a encontrarle una solución al caos que se había generado el viernes. De allí surgió el nuevo cronograma de pagos.

BANER MTV 1

El cronograma bajó la ansiedad de los jubilados y este sábado los bancos organizaron mejor la atención.  A diferencia de lo que sucedió el viernes, los jubilados esperaron la apertura de los bancos sentados en sillas, en filas dispuestas con el distanciamiento recomendado, mientras las fuerzas de seguridad les ofrecían café y otras bebidas calientes para sobrellevar la mañana fresca.

Fechas de pago, según la terminación del DNI

Pendientes de cobro del mes de marzo y jubilaciones no contributivas

​Sábado 4 de abril - 0 y 1

Domingo 5 de abril- 2 y 3

Lunes 6 de abril - 4 y 5

Martes 7 de abril - 6, 7, 8 y 9

Beneficios correspondientes al mes de abril

Lunes 6 de abril - 4 y 5 Pensiones no contributivas

Lunes 6 de abril - 4 y 5 Pensiones no contributivas

Martes 7 de abril - 6, 7, 8 y 9 Pensiones no contributivas

Miércoles 8 de abril - 0 Jubilaciones y Pensiones contributivas menores a 17.859 pesos