Protocolo coronavirus: el Gobierno subió la ocupación permitida para trenes y micros de larga distancia

Sociedad
Lectura

En la previa del fin del primer fin de semana largo de la temporada de verano, el Gobierno nacional aumentó a 80 el porcentaje de ocupación permitida para trenes y micros

de larga distancia. 

A través de la Resolución 293/2020, publicada este viernes en el Boletín Oficial, el ministerio de Transporte fijó que los ómnibus “deberán limitar su capacidad de ocupación al 80% de la cantidad de butacas disponibles para cada tipo de vehículo, no admitiéndose en ningún caso pasajeros de pie”, mientras que en trenes será de 80 por ciento “por cada coche en servicio”.

"En ambos casos deberán extremarse las medidas para un mejor distanciamiento social en el interior de los mismos", aclara el texto oficial.

La decisión responde a un reclamo de representantes del sector -la Cámara Empresaria de Larga Distancia (CELADI), Asociación Argentina de Empresarios del Transporte Automotor (AAETA), Cámara Argentina del Transporte Automotor de Pasajeros (CATAP) y la Cámara Empresaria de Autotransporte de Pasajeros (CEAP)-, que días habían manifestado "la imperiosa necesidad de modificar” la “limitación de la capacidad de transporte".

BANER MTV 1

Los anteriores topes, definidos a mediados de noviembre, eran del 60% de ocupación en trenes, de 37 pasajeros en los vehículos Semi Cama, de 26 en los denominados Cama Ejecutivo y de 18 en los Cama Suite.

El protocolo

En ese momento se reglamentaron además los protocolos que deberán cumplir las empresas durante la temporada de verano, en medio de la pandemia del coronavirus.

Respecto a los micros -tanto urbanos o interurbanos- las autoridades pidieron “extremar las condiciones de higiene en las unidades, cabeceras, terminales” y garantizar "la colocación de suministros de alcohol en gel, soluciones a base de alcohol y/o cualquier otro insumo que recomiende el Ministerio de Salud, en lugares de fácil acceso”.

Se deberá además “proveer elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón (podrán ser reutilizables), a los conductores y demás empleados que desarrollen tareas vinculadas a la actividad en las distintas instalaciones fijas de las empresas”.

También se recomendó la implementación de “los mecanismos necesarios para la toma de la temperatura de todos los trabajadores, tripulantes y pasajeros”, como así también “la ventilación, la desinfección y limpieza” asidua, “en especial de los espacios comunes y sanitarios”.

En todas todos los micros, “sin perjuicio del diseño que tengan las unidades, deberá instalarse una separación física" que divida a usuarios y conductores, la cual “deberá ser de material transparente, de manera que no se vean afectadas las condiciones de visibilidad ni comprometer las condiciones de seguridad con que deben prestarse los servicios”.

Antes y después de cada viaje, “el interior del vehículo deberá ser desinfectado mediante un pulverizador rociador con una solución desinfectante a base de alcohol, lavandina u amoníaco u otro desinfectante que en el futuro se sugieran conforme nuevas evidencias científicas”.

En caso de que el micro cuente con aire acondicionado, el mismo podrá estar encendido durante el trayecto “en época de altas temperaturas”, pero en todos los casos deberán mantenerse “la totalidad de los ventiletes y/o ventanillas abiertos”.

En el caso de los trenes, tanto de carga como de pasajeros, las operadoras tendrán que “adoptar medidas concretas dirigidas a evitar la conglomeración de personas principalmente dentro de las formaciones modificando, de ser necesario, el cronograma establecido y la frecuencia de salida”.

Antes de que comiencen sus respectivos turnos, se les deberá controlar la temperatura a los conductores y guardas, mientras que los usuarios serán sometidos a lo mismo antes de abordar y al bajar. Todo el personal “deberá tener acceso a los insumos de protección y/o higiene básicos conforme a las recomendaciones del Ministerio de Salud”.

JPE