Jueces y fiscales piden a la Justicia que declare inconstitucional una resolución de las ANSeS que los obliga a jubilarse

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La Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Nación y la Asociación de Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público Fiscal acordaron presentar en conjunto una acción declarativa de inconstitucionalidad contra la

resolución de la ANSeS que intimó a 222 jueces y fiscales a jubilarse.

El pedido será presentado en los próximos días por la primera de esas agrupaciones, que preside el juez Marcelo Gallo Tagle y la segunda, que dirige el fiscal federal Carlos Rívolo, confirmaron a Clarín voceros de ambas instituciones.

Se trata de otras de las medidas de la ofensiva del Gobierno sobre la Justicia para lograr la impunidad de la vicepresidenta Cristina Kirchner.

Se fijó el plazo de 15 días para iniciarla, porque el jueves pasado, Gallo Tagle a título personal y basado en la ley de información pública, pidió que “informe si realmente esa circular existe, porque no esta subida a la página de la ANSeS”.

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Pero también se resolvió el lunes en una reunión entre ambas entidades que “si antes de ese plazo se recibe una intimación, accionamos inmediatamente porque esa intimación es el reconocimiento de que la circular existe”.

Este martes ya se recibieron al menos  4 intimaciones y así se empezará el juicio lo más pronto posible.

Los jueces y fiscales ya intimados también pueden accionar a título individual.

Así parte de esos jueces, sobre todo los que investigaron o confirmaron procesamientos de la vicepresidenta Cristina Kirchner, como el camarista Leopoldo Bruglia, ya recibieron esas intimaciones del organismo que dirige la camporista Fernanda Raverta que los "emplaza" a jubilarse.

Gallo Tagle dijo sobre la ANSeS que “un archivo de una carpeta que inicie un trámite jubilatorio bajo ningún aspecto significa retirar el trámite o desistir, implica pasar el expediente a una etapa en donde pase a un sector diferente y lo recobrará cuando empiece a tener movimiento nuevamente".

Es una práctica entre jueces y fiscales abrir una carpeta cuando cumplen 60 años y no ejecutarla hasta la edad máxima, 75 años, para jubilarse.

"El trámite habitual de cualquier ciudadano es iniciar el proceso jubilatorio y presentar una renuncia sujeta a la concesión del beneficio”, explicó al programa Dato sobre Dato de radio Milenium.

En cambio, “a nuestra ley le cambiaron el efecto y es: renuncie y cuando esté aceptada la renuncia ahí empieza a empezar el trámite jubilatorio”. “Con lo cual, si el trámite jubilatorio te demanda 6 o 10 meses, estás todo ese período sin cobrar sueldo ni jubilación, sanción que no se le prevé a ningún interesado en tramitar su jubilación”, agregó.

Dijo que “no es que esta resolución de la ANSeS viene a pretender modificar los efectos de la ley anterior para aquellos que se jubilaron bajo la ley anterior”.

 “Claramente los derechos adquiridos no pueden ser ocultados ni modificados pero generan este estado de situación que lo que traen es intranquilidad a los que pretenden acceder el beneficio”, afirmó.

La nueva ley previsional del poder judicial se sancionó en abril del 2020. Entonces, “de acuerdo a principios jurídicos todos aquellos que antes del siete de abril de 2020 tenían todos los recaudos cumplidos bajo la vieja ley, por más que se dictara la vieja ley, la nueva ley no derribaba los derechos que ya habían adquirido”, finalizó Gallo Tagle.