Comienza a regir mañana el Registro de Contratos de Locación de Inmuebles

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Los locatarios o arrendatarios no están obligados a registrarse en el RELI, pero podrán informar de forma voluntaria un contrato si el locador no lo hubiera hecho.

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Los locatarios o arrendatarios no estn obligados a registrarse en el RELI, pero podrn informar de forma voluntaria un contrato si el locador no lo hubiera hecho.

Los locadores de todo el pas estarn obligados desde el 1 de marzo a registrar los contratos de alquiler de bienes inmuebles urbanos y rurales, locaciones temporarias y de espacios o superficies fijas o mviles, al comenzar a regir el Registro de Contratos de Locacin de Inmuebles (RELI) de la Administracin Federal de Ingresos Pblicos (AFIP).

Durante un encuentro con representantes del sector inmobiliario, el jefe de Departamento del Sector Servicios, Hernn Cruells de la AFIP explic los principales puntos del Registro.

El funcionario detall que los locadores deben registrar las locaciones de inmuebles urbanos, sublocaciones, los arrendamientos sobre bienes inmuebles rurales, subarriendos, las locaciones temporarias de inmuebles con fines tursticos, de descanso o afines y las locaciones de espacios o superficies fijas o mviles como locales comerciales, stands, ferias, etc.

Cruells aclar que entre los sujetos excluidos se encuentran la administracin pblica, cuando en los contratos celebrados las partes sean exclusivamente el Estado nacional o los provinciales, el Gobierno de la CABA, los municipios y sus respectivas reparticiones, entes centralizados y descentralizados.

Agreg que los locatarios o arrendatarios no estn obligados a registrarse en el RELI, pero podrn informar de forma voluntaria un contrato si el locador no lo hubiera hecho.

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El 1 de marzo entra en vigencia el rgimen de Registracin de contratos de locacin de Inmuebles. La herramienta permitir obtener datos relevantes para verificar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes que intervienen en distintas operaciones inmobiliarias pic.twitter.com/MlEhOOG1wT

AFIPComunica (@AFIPcomunica) February 17, 2021

"Eso est previsto en la propia ley 27.551 (de alquileres), que obliga a registrar todos los contratos de locacin, y es una declaracin voluntaria, no es obligatoria", dijo Cruells.

El inquilino, explic, "no tiene ninguna obligacin con RELI, simplemente tiene las facilidades del sistema para informar de determinadas situaciones, para enterarse, para conocer en qu contratos figura como locatario y puede aceptar o no ese contrato, y adems, si tiene algn tipo de diferencia la puede informar dentro del propio servicio".

Por su parte, la subdirectora de Servicios al Contribuyente de la AFIP, Patricia Vaca Narvaja, sostuvo que "en el transcurso de la implementacin de esta resolucin y de este registro iremos viendo si va bien, cules son los problemas o complicaciones y las vamos a ir resolviendo de manera conjunta".

El RELI contempla la posibilidad de que los intermediarios (corredores, inmobiliarias y escribanos) registren un contrato en representacin de sus clientes.

El artculo 16 de la Ley 27.551 dispuso que la AFIP ponga en marcha un rgimen de facilidades para el registro de estas operaciones, por lo cual implement, a travs de la resolucin 4933/2021, el Rgimen de Registracin de Contratos de Locacin.

Para registrar tales contratos (o alguna modificacin) se debe acceder al sitio web de AFIP con clave fiscal, al servicio "Registro de Locaciones de Inmuebles - RELI - Contribuyente".

El locador, con clave fiscal de seguridad nivel 3, debe completar una serie de datos mnimos respecto del contrato y adjuntar el contrato celebrado en formato JPG o PDF.Una vez que se realiza esta operacin hay un acuse de recibo de la misma y un cdigo verificador de la registracin de contrato.

El servicio RELI estar disponible a partir del 1 de marzo para declarar, consultar, modificar, renovar o dar de baja contratos de alquiler situados en el pas.

Se deben registrar en el sistema las altas de contrato y las modificaciones que pudiera sufrir este contrato (rescisiones o extinciones anticipadas).

En cuanto al plazo establecido para informar la celebracin de contratos y/o sus modificaciones, se indic que es de 15 das corridos desde su celebracin.

Los contratos pactados a partir del 1 de julio de 2020 y que continen vigentes, as como aquellos concretados durante marzo de 2021, gozarn de un plazo excepcional para su registracin, hasta el 15 de abril prximo, inclusive.

En relacin a las sanciones por no registracin, Cruells indic que "es un incumplimiento a deberes formales y les cabe las multas previstas en la ley de procedimiento fiscal".

Adems, alert, habr "un perjuicio por el inicio de una demanda por cobro de pesos, ya que el juzgado va a exigir esa registracin del contrato ante AFIP".