Ahora Ramos Padilla rechazó una impugnación de Duhalde contra Máximo Kirchner por un retraso de 12 horas

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Ahora el juez electoral de La Plata Alejo Ramos Padilla rechazó una impugnación del ex presidente Eduardo Duhalde por haberla presentado 12 horas tarde contra la falta de antigüedad de Máximo

Kirchner y otros diez dirigentes de La Cámpora para ser candidatos a la conducción del PJ bonaerense.

Duhalde, en su calidad de afiliado del PJ de la provincia, impugnó primero a la junta electoral y luego a la Justicia el hecho de que Máximo no tenga dos años de antigüedad como afilado al partido en la provincia de Buenos Aires. Del mismo modo, sostuvo que el Cuervo Larroque tampoco reunía ese requisito fijado en los estatutos partidarios.

Más grave, denunció que otros diez candidatos a la conducción partidaria ni siquiera estaban afiliados. Se trata de María Schwindt, Ayelén Lopez, Aldana Benetti, Esteban Sanzio, Vanesa Siley, Walter Correa, Cecilia Cechini, Melina Fernandez, Ayelén Duran y María Rubino.

La lista “Celeste y Blanca - 17 de noviembre” que encabeza Máximo como candidato a presidente del PJ bonaerense quedó como única lista para las elecciones internas del 2 de mayo que Ramos Padilla no quiere suspender pese al avance del coronavirus.

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Como la junta electoral rechazó la lista que encabezaba el matarife Alberto Samid, Máximo ganará seguro en estas elecciones adelantadas porque los mandatos de las actuales autoridades partidarias vencen en diciembre.

El irregular adelantamiento de las elecciones internas avalado ya por el juez y miembro de “Justicia Legítima” fue apelado por el vicepresidente segundo del PJ e intendente de Esteban Etcheverría, Fernando Gray, a la cámara nacional electoral que debe decidir sobre este tema de fondo.

La lista de Máximo significa un avance de La Cámpora en el control del partido justicialista bonaerense. El presidente del bloque de diputados nacional del Frente de Todos prometió a intendentes del PJ y otros que en diciembre hará caer la ley provincial que impide que los jefes comunales, concejales y diputados de la provincia sean elegidos para un tercer mandato.

La Junta Electoral –dominada por Máximo- estableció que atento a que durante el año 2020 no pudieron presentarse las fichas de afiliación colectadas en 2019 por motivos sanitarios y que “se dispuso la suspensión del requisito de la antigüedad para ejercer cargos partidarios”.

Entonces, Duhalde siguiendo el pedido de Ramos Padilla primero apeló a ese órgano partidario, recurso que presentado “el 31 de marzo pasado a las 16:35 hs conforme surge del cargo de recepción de la Junta del Partido; y por lo tanto fue denegado por extemporáneo”, consignó el juez en su fallo.

En particular, la Junta Electoral partidaria consideró que al haberse publicado “la resolución el 29 de marzo a las 21:20, la apelación presentada el 31 de marzo a las 16:35 hs. resulta extemporánea”.

Entonces, Ramos Padilla sostuvo que “conforme lo establece el artículo 32 de la ley 23.298, las resoluciones de las Juntas Electorales son susceptibles de apelación dentro de las 24 horas de su notificación y a partir de ello debe elevarse inmediatamente el expediente con la totalidad de los antecedentes al Juez Federal”.

“La resolución fue publicada el 29 de marzo a las 21:20hs., por lo que el plazo venció a la misma hora del día 30 de marzo; de modo que la presentación efectuada el 31 de marzo a las 16:35 fue interpuesta fuera del plazo legal fijado en la ley, y por lo tanto resulta extemporánea”, sostuvo el magistrado haciendo suyo los argumentos de la junta alineada con Máximo.

A pesar que Duhalde se quejó de que al momento del vencimiento del plazo se encontraba cerrado el partido, el juez dijo que “inclusive contemplando esa circunstancia, el recurso debió haber sido presentado al momento de la apertura de dicho horario de atención -del día 31 de marzo- y no al cierre -16:30hs.- como efectivamente sucedió”.

Resaltó que “los plazos fijados en horas comienzan a contarse a partir del momento mismo en el que se practica la notificación” y que “el cumplimiento y rigidez de los plazos electorales se encuentra directamente vinculado con la seguridad jurídica que debe garantizarse y prevalecer durante todo proceso eleccionario”.

En palabras de la propia Cámara Nacional Electoral, dijo Ramos Padilla, no puede quedar “librado al juez de la causa la definición de un plazo que está fijado legalmente y que es, por lo tanto, indisponible y generando, además, situaciones de desigualdad inadmisibles en las decisiones judiciales, con la consiguiente inseguridad ante la falta de límites precisos”.

Entonces, Ramos Padilla –a quien Elisa Carrió denunció como supuesto partícipe del Operativo Puf contra la causa de los Cuadernos de las Coimas cuando era juez de Dolores- dijo que por "aplicación de las normas, principios y jurisprudencia aplicable corresponde declarar extemporánea la vía recursiva intentada”.

Por último, rechazó “por improcedente el recurso de apelación interpuesto por Eduardo Duhalde contra la Resolución Nro. 4 de la Junta Electoral del Partido Justicialista de la Provincia de Buenos Aires”. Duhalde hizo saber que también apelará a la Cámara Nacional Electoral este otro fallo de Ramos Padilla a favor de La Cámpora.

El máximo tribunal electoral está integrado por Santiago Corcuera, Raúl Daniel Bejas y Alberto Ricardo Dalla Via. Una cautelar de Gray pidiendo la suspensión de estas internas fue rechazada por el voto de Benjas –ex juez de Tucumán vinculado al gobernador Juan Manzur- y Corcuera.