Cambios en el impuesto al cheque: golpe a Mercado Pago y excepción a monotributistas

Economia
Lectura

Las billeteras de pago, como Mercado Pago, MODOBimo, empezarán a estar alcanzadas por el impuesto sobre los débitos y créditos, más conocido como “impuesto al cheque”. Así lo fija el Decreto 301/2021

que se publicó este sábado en la edición especial del Boletín Oficial.

Según sus considerandos, el Decreto tiene como objetivo principal dar el mismo tratamiento a las cuentas de pago ofrecidas por los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) o billeteras virtuales que a las cuentas que se abren en los bancos tradicionales.

A partir del 1 de agosto de 2021, el Decreto establece que los PSP deberán comenzar a actuar como agente de liquidación y percepción del impuesto a los créditos y débitos, de 6 por mil.

Según explica el tributarista Sebastián Domínguez, "esto ha sido siempre solicitado por las entidades financieras porque sostenían que los PSP se veían beneficiados competitivamente al estar exentas las cuentas de pago del impuesto a los débitos y créditos".

BANER MTV 1

El especialista recuerda que el Decreto 485/2017 firmado por Mauricio Macri había eximido del impuesto a las cuentas y subcuentas, inclusive virtuales, utilizadas en forma exclusiva en la administración y operatoria de transferencias a través del uso de dispositivos de comunicación móviles y/o cualquier otro soporte electrónico, y las cuentas y/o subcuentas, inclusive virtuales, utilizadas por las empresas dedicadas al servicio electrónico de pagos y/o cobranzas y los agentes oficiales que se designen a los fines de cumplimentar esa tarea.

El nuevo decreto fija que, a partir de agosto, las cuentas de las personas jurídicas en billeteras virtuales estarán alcanzadas por el gravamen.

Sin embargo, la norma exime del pago del impuesto a las cuentas de pago utilizadas por personas como sucede con las cajas de ahorro abiertas en los bancos.

"Esto es importante dado el avance del comercio electrónico y la utilización de las cuentas de pago provistas por PSP", opina Domínguez.

"Si no se eximen del impuesto a las cuentas de pago de personas humanas, estas podrían tratar de pasar en forma total o parcial su operatoria a la utilización de dinero en efectivo que es algo que hay que tratar de evitar. Además la operatoria en efectivo puede incentivar la evasión de los impuestos", agrega.

El Decreto 301/2021 también define que las transferencias entre cuentas del mismo titular, sean bancarias o cuentas de pago, están exentas del impuesto.

Y también los monotributistas se salvan: todas las cuentas bancarias de las personas adheridas al Régimen Simplificado quedarán exentas del impuesto a partir del 1 de agosto de 2021. Hasta ahora las cuentas corrientes de monotributistas están gravadas a la alícuota reducida del 2,5 por mil.

"Si bien la mayoría de los monotributistas no abre cuentas corrientes sino cajas de ahorro exentas del impuesto, eximir a todas las cuentas es un alivio más que disminuye la presión tributaria y es bienvenido, sobre todo en el actual contexto económico", afirmó Domínguez.

NE