Ley de Góndolas: el Gobierno dio precisiones sobre cómo se fijará el menor precio

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 A días de ponerse en marcha la denominada Ley de Góndolas, el Gobierno nacional fijó los parámetros para establecer los productos de menor precio como así también su ubicación en los

puestos de venta al público.

De acuerdo a la Resolución 485/2021 de la Secretaría de Comercio Interior, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, se estableció que se entenderá como producto de menor precio a aquellos que, conforme la unidad de medida, posean el valor de lista más bajo ofertado al consumidor final con carácter no transitorio.

La medida fue conocida cuando restan menos de tres días para el debut de la normativa en los supermercados, ya que este 15 de mayo, es el plazo límite para que se reorganicen las góndolas de acuerdo a lo establecido por la legislación sancionada en 2020.

En los fundamentos, el Gobierno destacó que con esta norma busca contribuir a que el precio de los productos alimenticios, bebidas, de higiene y limpieza del hogar sea "transparente y competitivo", en beneficio de los consumidores.

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También pretende mantener la armonía y el equilibrio entre los operadores económicos alcanzados por la ley, con la finalidad de evitar que realicen prácticas comerciales que ocasionen distorsiones en el mercado.

Pero la medida busca abrirle la puerta a los productos elaborados por las pymes y que hasta ahora eran marginados por las grandes cadenas.

Lo cierto es que los supermercados con una superficie superior a 800 metros cuadrados debieron reformar sus espacios para poner en práctica la norma y evitar sanciones.

Esto se debe a que la ley dispuso una serie de reglas de exhibición de productos que deberán cumplirse en las góndolas.

En este sentido, se estableció que los productos incluidos en la Ley de Góndolas deberán tener una cenefa perpendicular a la estantería con carácter destacado que contenga la leyenda “menor precio por unidad de medida".

La normativa también dispone de un criterio de exposición y agrupamiento de los productos de una misma categoría con carácter vertical, contemplando a tal efecto la ubicación de los productos de menor precio en el estante medio de la góndola y equidistante de sus extremos.

Las sanciones previstas para quienes no cumplan con esta reglamentación son las que están previstas en la Ley de Abastecimiento, según precisó la Secretaría de Comercio Interior, que encabeza Paula Español.

La ley fija que en los exhibidores que están pegados a la caja donde se cobra, el 50% del espacio debe estar ocupado por productos de micro y pequeñas empresas nacionales, de cooperativas y de mutuales.

Se deberá contar con al menos cinco proveedores distintos por cada categoría de productos y que ninguno supere el 30% del espacio de exhibición en góndolas y que por cada categoría exista al menos un 25% de espacio en góndolas para micro y pequeñas empresas.

Los supermercados deberán contemplar distintos plazos y condiciones de contratación a los distintos proveedores según sean pymes o sectores de la economía popular.

Además no podrán exigir aportes o adelantos financieros a los proveedores ni imponerles la entrega de mercadería gratuita o por debajo del costo de provisión como condición para exhibir los productos.

GRB