La secretaría de Comercio Interior extendió el listado de "Precios Máximos" hasta el 8 de junio. Pero, desde mañana y hasta esa fecha, también "deslistó" una serie de categorías. Deslistar quiere decir
que estarán libres de establecer sus precios.
El Poder Ejecutivo informó que la mayoría de los productos siguen con máximos, pero hay categorías importantes, como aceite, azúcar, yogures, pastas, manteca, queso de rayar y queso crema, cremas y dulce de leche que quedan deslistadas.
A través de la resolución 489/21 de la secretaría de Comercio, quedan exceptuadas las siguientes categorías:
- Aceite de oliva y otros aceites
- Tostadas y grisines
-Edulcorantes
-Saborizadores
- Arroz (excepto largo fino
- Encurtidos, Aceitunas y Pickles
-Harinas leudantes y premezclas
-Horneables y gelificables
-Pastas frescas
-Milanesas de soja
- Productos congelados en base a vegetales procesados
- Suplementos vitamínicos
- Tapas de empanadas y tartas
- Óleo calcáreo
- Apósitos y protectores mamarios
- Amargos
- Jugos
- Leche Infantil
-Queso rallado y queso crema
- Crema de leche
-Dulce de leche
- Manteca y margarina
-Yogur, postres y flanes
- Esponjas y guantes
- Trapos y Paños
-Destapacañerías
-Toallas húmedas desinfectantes
- Perfumes y colonias
- Coloración del cabello
- Pañales para adultos
- Algodones e Hisopos
- Esmaltes y quitaesmaltes
- Preservativos y Geles Íntimos
- Productos para depilación
- Helado y hielo
- Otros accesorios de limpieza
Noticia en desarrollo.
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