Multan al supermercado Coto por publicar un aviso que limitaba su responsabilidad

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La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó una multa de $ 2 millones a la cadena de supermercados Coto

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La Cmara en lo Contencioso Administrativo Federal confirm una multa de $ 2 millones a la cadena de supermercados Coto

La Cmara en lo Contencioso Administrativo Federal confirm una multa de $ 2 millones a a una cadena de supermercados por publicar un aviso que atribua a las restricciones ambulatorias por la pandemia de Covid-19 posibles demoras en entregas a domicilio de mercadera adquirida por va digital.

Segn confirmaron este lunes fuentes judiciales, la Sala II del tribunal ratific la sancin que la Direccin Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo Interior le impuso a la firma Coto Cicsa por limitar su responsabilidad y restringir los derechos del cliente.

La situacin se gener cuando, tras la declaracin de emergencia sanitaria en marzo de 2020 y el dictado de las normas sobre el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO), Coto public en su pgina un aviso sobre "demoras" en las entregas clientes que utilizaran esa plataforma para hacer sus compras.

"Dado el contexto de pblico conocimiento, el nivel de servicio habitual que ofrecemos en Coto Digital puede verse afectado", adverta el aviso, que remarcaba que se estaba realizado el "mayor esfuerzo para cumplir con los tiempos de los pedidos", pero que "los mismos pueden extenderse debido a la gran demanda".

Al apelar la multa, la empresa expres que se trataba de una situacin "de pblico y notorio conocimiento", que el eventual consumidor se poda representar y comprender.

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Segn la compaa, el anuncio no constitua una clusula contractual para limitar su responsabilidad, sino que informaba al potencial usuario para que tuviera pleno conocimiento de las condiciones en la que se vea obligada a prestar el servicio.

El tribunal record la proteccin constitucional y legal a usuarios y consumidores, con la exigencia de "pautas claras y transparentes que garanticen grados aceptables de seguridad jurdica", ya que las estipulaciones abusivas son "ineficaces" y se puede reclamar su nulidad.

Los camaristas Luis Mrquez, Mara Caputi y Jos Luis Castieira concluyeron que el aviso gener, al menos, "una incertidumbre respecto de la fecha de entrega y la franja horaria en la cual el consumidor pact la recepcin de los productos seleccionados".

Agregaron que si se le diera validez al aviso -al que calificaron como una "excusacin anticipada"- el cliente quedara "totalmente desprotegido" y sin precisiones para saber, en el caso que el supermercado no cumpla con lo estipulado, cundo se producir efectivamente la entrega, con un "claro e injustificado desequilibrio".