Reglamentan la ampliación del régimen de zona fría y crean un registro único de beneficiarios

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El Gobierno nacional reglamentó la ley para los usuarios de gas natural por redes.
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Gobierno nacional reglament la ley para los usuarios de gas natural por redes.

El Gobierno nacional reglament este martes la ley que dispuso la ampliacin del rgimen de zona fra para los usuarios de gas natural por redes, con la creacin de un registro de beneficiarios que habilitar a las distribuidoras a hacer efectivo el descuento en las facturas del 30% al 50% para un total de 4 millones de hogares.

El Decreto 486, firmado por el presidente Alberto Fernndez y publicado este martes en el Boletn Oficial, cre un Registro nico de beneficiarios del Rgimen de Zona Fra pero adems habilit el mecanismo para que aquellos usuarios que no hayan sido incluidos de oficio, puedan solicitar el beneficio a travs de la Anses.

La Ley 27.637 -aprobada por el Congreso el 25 de junio pasado- determin una prrroga por 10 aos de la reduccin en las tarifas de gas para municipios donde se registran bajas temperaturas, y la ampliacin a comunas de las provincias de Buenos Aires, Santa Fe, Crdoba, Mendoza, Jujuy, San Juan, San Luis y Salta en los que se registran bajas temperaturas.

Adems, reduce en un 50% las tarifas a los beneficiarios de la Asignacin Universal por Hijo (AUH) y la Asignacin por Embarazo, de pensiones no contributivas y jubilados -hasta 4 salarios mnimos-, del monotributo social, usuarios que perciben seguro de desempleo y empleados de casas particulares.

La Ley 27.637 -aprobada por el Congreso el 25 de junio pasado- determin una prrroga por 10 aos de la reduccin en las tarifas de gas para municipios donde se registran bajas temperaturas

Tras la sancin de la norma, la distribuidoras de gas de todo el pas aguardaban el decreto de reglamentacin para hacer efectivos los descuentos en las facturas a sus usuarios, lo que ahora se espera pueda verse reflejado en las prximas semanas.

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El decreto -que tambin lleva las firmas del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro de Economa, Martn Guzmn- designa a la Secretara de Energa como autoridad de aplicacin de la Ley 27.637.

De esta forma, la Secretara que conduce Daro Martnez ser la que determinar de oficio aquellos beneficiarios del rgimen que satisfagan alguno de los diez criterios de elegibilidad determinados por la ley, para aplicar un cuadro tarifario diferencial de hasta el 50%.

Para ello, la Secretara podr solicitar la informacin disponible en las bases de datos de la Administracin Federal de Ingresos Pblicos (AFIP); de la Administracin Nacional de la Seguridad Social (Anses); y del Sistema de Identificacin Nacional Tributario y Social (Sintys), as como de las reas de Hacienda e Ingresos Pblicos de los Municipios alcanzados por el beneficio.

El decreto designa a la Secretara de Energa como autoridad de aplicacin de la Ley 27.637

Por su parte, en Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) remitir mensualmente el padrn de usuarios residenciales informados por las prestadoras a la Anses, la que remitir mensualmente a la Secretara de Energa el padrn con la identificacin de los beneficiarios comprendidos en la ley.

La Anses deber incorporar el “Beneficio especial del Rgimen de Zona Fra” en el “Modelo de Gestin Unificada - Ventanilla nica Social” de su portal web a travs del cual los usuarios no incorporados de oficio podrn solicitar el beneficio en caso de considerarse incluidos en uno de los criterios de elegibilidad.

Consolidados el registro, el Enargas informar mensualmente a las prestadoras del servicio pblico de gas por redes los usuarios residenciales que son beneficiarios del Rgimen de Zona Fra que se encuentren en el nuevo registro citado, para que apliquen los cuadros tarifarios diferenciales.

En todos los casos, la Secretara de Energa podr practicar las diligencias necesarias para corroborar la autenticidad de las constancias presentadas a los fines de acceder al beneficio, y en caso de verificarse inconsistencias proceder al rechazo de la solicitud o a la baja automtica.

La Anses deber incorporar el “Beneficio especial del Rgimen de Zona Fra” en el “Modelo de Gestin Unificada - Ventanilla nica Social” de su portal web

La Ley este martes reglamentada modific el artculo 75 del Presupuesto 2021 para beneficiar a los municipios de las provincias de Buenos Aires, Santa Fe, Crdoba, Mendoza, San Juan, San Luis y Salta en los que se registran bajas temperaturas y fueron incorporados al rgimen.

Tambin podrn tener este beneficio quienes estn exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza o los que tengan una pensin vitalicia como veteranos de Guerra del Atlntico Sur.

Respecto del resto de los usuarios residenciales, la tarifa diferencial implicar una disminucin del 30% de la factura de gas correspondiente.

Finalmente, la iniciativa prorrog por 10 aos el Fondo Fiduciario de Consumos Residenciales de Gas (artculo 75, Ley 25.565) y aument la cantidad de departamentos y localidades de todo el pas de temperaturas bajas comprendidos en este beneficio.