Elecciones 2021: ¿Se puede renunciar a ser autoridad de mesa en las PASO?

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Las autoridades de mesa son todos aquellos ciudadanos y ciudadanas que hayan sido elegidos al azar por la Justicia Electoral. Una pregunta frecuente de quienes son seleccionados para estas Elecciones PASO

2021 pero buscan evitar este compromiso cívico es cómo se renuncia a esta tarea que es una obligación legal.

Según información de la Cámara Nacional Electoral, se admite con carácter "restrictivo" la posibilidad de excusarse de ejercer como autoridad de mesa por "razones de enfermedad" o de "fuerza mayor debidamente justificadas".

¿Cuándo tengo que renunciar como autoridad de mesa?

La "excusación" se tiene que formular dentro de los 3 días de recibida la notificación de designación. Transcurrido ese lapso solo se admite la excusación por "causas ocurridas con posterioridad" las que, llegado el caso, serán considerada de manera especial por la justicia nacional electoral.

Elecciones: renunciar como autoridad de mesa por autoridad

La justificación "por enfermedad" es válida con un certificado que haya sido emitido por "médicos de sanidad nacional, provincial o municipal", en ese orden.

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Otra causal de excepción es desempeñar "funciones de organización y/o dirección de un partido político o ser candidato", lo cual se acredita mediante certificación de las autoridades del respectivo partido.

Soy autoridad de mesa en estas PASO: ¿qué pasa si falto a la mesa?

Tanto si se ausenta como si se abandona la mesa de votación se constituye "un delito electoral". La pena es de 6 meses a 2 años.

Soy autoridad de mesa, pero decidí faltar: ¿me pueden venir a buscar?

Sí, la persona designada como autoridad de mesa puede ser buscada en su domicilio "con auxilio de la fuerza pública" y trasladada al establecimiento de votación para que "cumpla con la carga pública".

Qué son y quién designa las autoridades de mesa: los requisitos

Las autoridades de mesa son ciudadanos seleccionados y designados por la justicia electoral que el día de la elección, actúan con el título de Presidente de mesa y vocal. El vocal (o suplente) auxilia al Presidente y lo reemplaza en los casos determinados en la ley electoral. Para ser autoridad de mesa se requiere en primer lugar estar habilitar para votar. Se debe tener entre 18 y 70 años de edad; residir en la "sección electoral" donde deba desempeñarse; estar inscripto/a en el padrón electoral y no estar afiliado/a ningún partido político.

Las autoridades designadas actuarán tanto en las elecciones primarias como en las generales.

No me eligieron como autoridad de mesa: ¿me puedo ofrecer?

Sí. Debe inscribirse en el Registro Público de Postulantes a Autoridades de Mesa que funciona permanentemente en todos los distritos. Quienes cumplan con los requisitos establecidos, pueden postularse accediendo a la página web de la Cámara Nacional Electoral.