La inscripción al Repro II será del 24 al 30 de setiembre

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El Ministerio de Trabajo estableció los plazos a través de la Resolución 568/2021.
El Ministerio de Trabajo estableci
los plazos a travs de la Resolucin 568/2021.

El Ministerio de Trabajo estableci el plazo para la inscripcin al Programa de Reactivacin Productiva II (Repro II) y extendi el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores crticos para los salarios devengados este mes, a travs de la Resolucin 568/2021 publicada este martes en el Boletn Oficial.

La norma estableci que el plazo para la inscripcin en ambos programas ser desde el 24 al 30 de setiembre prximo.

Adems, determin las pautas a considerar para aplicar los criterios de preseleccin, respecto de las fechas de facturacin y nmina de las empresas que quieran acceder al beneficio al Repro II.

Los meses seleccionados para el clculo de la variacin interanual de la facturacin requerida por la Administracin Federal de Ingresos Pblicos (AFIP) sern agosto de 2019 y de 2021, pero no se deber considerar la facturacin para las empresas iniciadas a partir del 1 de enero de 2019.

El plazo para la inscripción a los programas será desde el 24 al 30 de setiembre (Foto Lara Sartor).
El plazo para la inscripcin a los programas ser desde el 24 al 30 de setiembre (Foto Lara Sartor).

Asimismo, el mes seleccionado para determinar la nmina de personal y los salarios de referencia ser agosto ltimo.

En tanto, el corte de actualizacin de bajas de nmina y el de CBU sern hasta el 23 de setiembre.

BANER MTV 1

En el caso de trabajadoras y trabajadores independientes, debern presentar una reduccin de la facturacin superior al 20% en trminos reales, para el periodo comprendido entre agosto ltimo y mismo mes de 2019.

Asimismo, el perodo de referencia de pagos a acreditar ser para autnomos desde enero de este ao hasta julio ltimo; y para monotributistas, desde febrero hasta agosto.