Confirman la inconstitucionalidad de la ley que autoriza la venta de tierras

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Un nuevo revés recibió el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en relación con la venta de tierras del predio de Costa Salguero. La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso

Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires confirmó el fallo con el que se declaró la inconstitucionalidad de la ley que autorizaba la venta de esas tierras en el que el Ejecutivo porteño pretende erigir un conglomerado de edificios.

Venta de Costa Salguero 20211013

La sala segunda del tribunal de apelaciones emitió un fallo con el que rechazó el recurso interpuesto por el Gobierno porteño contra el pronunciamiento del juez de grado que había declarado la inconstitucionalidad de la norma, tal como lo reclamaban organizaciones sociales y políticas que pugnan por un espacio verde y público ribereño.

En el fallo, los jueces Mariana Díaz y Fernando Lima sostuvieron que “nuestra Constitución es clara en cuanto a la importancia que para ella poseen tal participación ciudadana, el derecho al ambiente y, en particular, el acceso al río. Esta última referencia, tan peculiar en una carta magna, habla a las claras del componente finalista que debe guiar toda interpretación de decisiones que puedan afectar ese acceso”.

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Costanera Norte Costa Salguero 20201201

Tras conocerse el fallo, la diputada nacional Gabriela Cerrutti, que es también una de las impulsoras del amparo presentado contra la ley cuestionada, escribió en su cuenta de Twitter: “El Río no se Vende!!!! La Cámara volvió a darnos la razón, rechazó la apelación del gobierno de Horacio Rodríguez Larreta y ratificó que es inconstitucional la ley por la cual intentaron vender el predio de Costa Salguero para construir un barrio de lujo”.

Port su parte, Claudia Neira, también del bloque del Frente de Todos (FdT) expresó su beneplácito por la decisión de la Justicia porteña. La legisladora porteña calificó esta mañana como "una gran noticia" la ratificación de la inconstitucionalidad de la venta del predio de Costa Salguero y afirmó la necesidad de debatir un proyecto que permita a los porteños disfrutar el Río de la Plata. "Es una gran noticia porque esa ley que se dictó en 2019 fue la que permitió enajenar tierras públicas. Son predios que no usan para resolver el problema de vivienda ni de los sectores pobres ni de los sectores medios, sino para que aquellos que puedan, inviertan sin siquiera vivir en el lugar", señaló Neira en declaraciones radiales. "Los porteños tenemos la necesidad de que se debata un proyecto que nos permita disfrutar de la costa del Río", completó la diputada del FdT.

“Dicho llana y claramente, no se discute aquí si el proyecto es bueno o malo, si es mejor hacer un parque o un complejo de edificios (o todas las opciones intermedias entre ambos extremos). No corresponde al Poder Judicial ingresar en ese tipo de asuntos, ni opinar en abstracto, ni menos aún ´autorizar´ o no determinados avances. Lo que sí corresponde, con tanta prudencia como –llegado el caso- claridad y vehemencia, es hacer respetar los límites establecidos en la propia Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, sostuvieron los jueces del tribunal de apelaciones. “Podrá estarse o no de acuerdo con aquellas decisiones, pero lo cierto es que, para adoptarlas, hay que respetar determinadas exigencias que en el caso no han sido cumplidas por la normativa cuestionada”, afirmaron los magistrados en el fallo al que tuvo acceso esta agencia.

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Los jueces Lima y Díaz señalaron que no puede “dejarse pasar la afirmación de que esta sala estaría avasallando lo ya decidido por la Legislatura, cuando justamente lo que ahora se discute es que no se cumplieron los recaudos y pasos específicos para adoptar medidas como la aquí atacadas”.

Antecedentes

Como se recordará, el juez de primera instancia Leonardo Furchi había declarado la inconstitucionalidad de la ley tras señalar que no se habían cumplido los mecanismos legislativos establecidos para sancionar una norma del calibre de la discutida ni se había respetado el proceso de audiencias públicas a las que el Estado debe convocar obligatoriamente para estos casos. En ese momento, el magistrado hizo lugar al amparo presentado por la diputada Cerruti, del Frente de Todos, y la asociación civil Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC) contra el Gobierno porteño, el juez de grado declaró "la inconstitucionalidad de la Ley 6.289 por ser contraria a los artículos 63, 89 incisos 4 y 6, y 90 de la Constitución de la Ciudad" e impuso "las costas a la demandada vencida, por no encontrar motivos para apartarse del principio objetivo de la derrota".

FL