Ley de Identidad Digital de las personas: “Es una herramienta para la ciudadanía y la Justicia”, destacó Acosta

Chaco
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En la última sesión de la Cámara de Diputados del Chaco quedó aprobada la Ley N°3440-J de “Identidad Digital de las Personas”. Autoría del Legislador Roberto Acosta, esta ley establece incorporar como “Título XII - Identidad Digital de las Personas” al Libro II de la Ley N°3440-J “Código de Faltas de la Provincia del Chaco”. El objetivo del mismo es llenar una laguna normativa.

Actualmente la hiperconectividad que generó el aislamiento social preventivo en el contexto de pandemia significó el incremento exponencial del uso de redes sociales, plataformas virtuales, compras online, lo que trajo aparejado además un ascenso marcado de las faltas en estas redes. Es por ello que esta ley busca trazar un curso de acción ante las nuevas modalidades de conductas disvaliosas en Internet.

“Existen todavía vacíos legales para sancionar estas conductas que producen un daño entre los usuarios. Por ello esta ley sienta un precedente en nuestra provincia y en el Norte argentino. Somos el segundo distrito del país con este tipo de medidas de protección para usuarios y usuarias de internet”, destacó el Diputado Roberto Acosta autor de la Ley N°3440-J.

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“Es una herramienta para la ciudadanía pero también para la Justicia”, aseguró Acosta al destacar que es necesaria una revisión integral del cuerpo normativo que permita abordar estos temas. “Éste es un paso sumamente importante en materia de reglamentación del uso del ciberespacio, por ello es trascendental esta Ley que debe estar además acompañada de una importante actividad de concientización a la sociedad para que se denuncien los casos”, añadió.