Rechazaron una medida cautelar de los herederos de Maradona contra el aporte solidario

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La justicia federal confirmó el rechazo de una medida cautelar solicitada por los herederos de Diego Maradona para que se suspenda la aplicación del Aporte Solidario y Extraordinario de las

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La justicia federal confirm el rechazo de una medida cautelar solicitada por los herederos de Diego Maradona para que se suspenda la aplicacin del Aporte Solidario y Extraordinario de las Grandes Fortunas.

La justicia federal confirm el rechazo de una medida cautelar solicitada por los herederos de Diego Maradona para que se suspenda la aplicacin del Aporte Solidario y Extraordinario de las Grandes Fortunas a la sucesin del futbolista, trascendi en Tribunales.

La Cmara en lo Contencioso Administrativo Federal ratific la resolucin de primera instancia ante la apelacin formulada por Diego Armando Maradona (h) contra la negativa al pedido de suspensin provisoria de cualquier accin de la Administracin Federal de Ingresos pblicos (AFIP) derivada de la Ley 27.605.

Con la medida precautoria, los herederos buscaban evitar que se iniciaran reclamos o se trabaran embargos sobre inmuebles o cuentas bancarias correspondientes a la sucesin indivisa del ex director tcnico y jugador de la seleccin argentina de futbol, fallecido el 25 de noviembre ltimo, a los 60 aos de edad.

Casi tres meses antes, el considerado como uno de los mejores futbolistas de la historia haba expresado su apoyo a la ley para abonar "por nica vez", a fin de ayudar a morigerar los efectos de la pandemia de coronavirus.

BANER MTV 1

El rechazo de la cautelar se produjo en el marco de la "accin declarativa de inconstitucionalidad" de la ley 27.605 iniciada por Diego Armando Maradona (hijo), Diego Fernando Maradona Ojeda, Jana Maradona, Dalma Nerea Maradona y Dinorah Giannina Maradona como herederos y Sebastin Jorge Baglietto, como administrador judicial provisorio designado en la sucesin.

"La base de clculo establecida por la ley 27.605 determinara que habra que abonar en concepto de aporte extraordinario una suma de ms de $ 22 millones"

Herederos de Maradona

Los herederos expusieron que si bien carecen de documentacin para precisar el monto, "la base de clculo establecida por la ley 27.605 determinara que habra que abonar en concepto de aporte extraordinario una exorbitante suma de ms de $ 22 millones, la cual resulta por dems confiscatoria".

Agregaron que la sucesin indivisa del astro futbolstico carece de fondos determinados para afrontar el pago de esa "cifra sideral", cuya percepcin vulnera principios y garantas fundamentales como "la igualdad ante la ley, el derecho de propiedad y la razonabilidad de los actos del Estado".

Al confirmar el rechazo de la medida cautelar la Sala II de la Cmara consider no se presenta peligro en aguardar una sentencia definitiva o que se produzca un dao irreparable.

"Ms all de las manifestaciones esbozadas por el recurrente, lo cierto -sostuvo el tribunal- es que ste no aporta constancia alguna que acredite el inicio, por parte de la AFIP, de una fiscalizacin a la sucesin indivisa con motivo del aporte solidario y extraordinario, ni tampoco que se haya efectuado requerimiento alguno" o ejecucin fiscal "que guarde relacin".

Los camaristas Jos Lpez Castieira, Mara Caputi y Luis Mrquez recordaron que si bien la AFIP puede solicitar embargos y inhibiciones, son los jueces quienes deben disponerlas, en tanto que sobre eventuales multas, primero se debe determinar la deuda tributaria, lo que en el caso no ocurri.