Último día para no pagar de más en el Monotributo 2023: cómo se hace la recategorización con las nuevas escalas

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Este jueves finaliza el plazo de 20 días que tienen los monotributistas para recategorizarse teniendo en cuenta las nuevas escalas que comienzan a regir en julio y que implican un incremento del 41%

en la facturación de cada categoría.

Para verificar si deben hacer o no el trámite, los monotributistas deben ingresar a la página de la AFIP con su CUIT y clave fiscal. Si los ingresos superan o son inferiores a los de la categoría vigente, corresponde realizar la recategorización.

Además de que se vence el plazo para recategorizarse, también este jueves hay que pagar el componente impositivo de la nueva (o vieja si no se cambia) categoría. 

Aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción. Por otro lado, si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización.

Los nuevos topes de facturación por categoría a tener en cuenta son los siguientes:

BANER MTV 1
escalas-monotributo

Como parte del alivio fiscal para pequeños contribuyentes y autónomos, los contribuyentes de las categorías A y B están exentos del pago del componente impositivo de la obligación mensual, siempre que perciban la totalidad de sus ingresos a través del monotributo, es decir, siempre y cuando no tengan un trabajo en relación de dependencia ni cobren una jubilación, estén inscriptos en el Régimen General, como IVA exentos, ejerciendo el rol de directores o administradores de sociedades y tampoco perciban rentas financieras o ingresos por alquileres. Este beneficio continúa vigente.

Los períodos de recategorización son cada 6 meses, en enero y julio, y cuando llegan se debe evaluar la actividad de los últimos 12 meses; si hubo cambios en los ingresos, alquileres y demás.

¿Cómo evaluar en qué categoría de monotributo debo anotarme?

Para evaluar la categoría en la que corresponde estar dentro del monotributo, hay que considerar los siguientes parámetros en relación a los últimos 12 meses:

  • Los ingresos brutos acumulados
  • La energía eléctrica consumida
  • Los alquileres devengados y/o la superficie afectada a la actividad.

Luego, se debe cotejar estos valores con la tabla de categorías del monotributo vigente para saber cuál le corresponde al contribuyente.

Recategorización del Monotributo: paso a paso

  • Ingresar al portal Monotributo con CUIT y clave fiscal.
  • Seleccionar la opción “recategorizarme” y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría.
  • Seleccionar “continuar recategorización”. Luego, se debe ingresar información sobre el monto facturado en los últimos 12 meses. Con estos datos el sistema determina la nueva categoría correspondiente y se confirma en la opción “confirmar categoría”.
  • Luego, imprimir la nueva credencial.
  • La opción "Recategorización" sólo se encontrará disponible desde el día 1 hasta el día 20 de julio.

Recategorización de oficio

La AFIP puede asignar una categoría de oficio a los monotributistas. Esto sucede cuando a través de controles sistémicos que habitualmente realiza el organismo, se detecta que un contribuyente realizó compras, gastos o acreditaciones bancarias por un valor superior a los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual está inscripto.

En estos casos, la AFIP realiza una recategorización de oficio. Esta situación es informada a los contribuyentes alcanzados a través del Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) el primer día hábil de los meses de agosto y febrero de cada año.

Los contribuyentes podrán consultar los motivos de la recategorización de oficio en el portal de monotributo.

En caso de disconformidad, tendrán 15 días hábiles para apelar la decisión, lo que podrán hacer ingresando al servicio con clave fiscal “Presentaciones Digitales” y seleccionando el trámite "Recategorización de oficio del Monotributo - Apelación en término".

NE

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