Prepagas: ahora el Gobierno les pidió que informen los planes y el valor de las cuotas que cobran a sus afiliados

Economia
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La Resolución 54/ 2000 – derogada en enero- especificaba que “en todos los casos se deberá presentar la información respecto de los asociados directos (que no derivan aportes a través de

convenios con obras sociales sindicales). Se informará el valor de la primera cuota del contrato, esto es, para asociados sin antigüedad. El valor de la cuota deberá incluir la totalidad del importe pagado por el consumidor, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado y cualquier otro importe cuyo pago sea obligatorio para el uso normal y regular del servicio. Asimismo, para los planes con copagos, sólo deben informarse los montos correspondientes para consultas médicas realizadas en consultorio. Y para notificar el valor de la cuota para 'asociados de hasta 30 años de planes individuales' en la columna destinada a 'mujeres', deberá indicarse el importe total de la cuota incluyendo el adicional correspondiente a la prestación de servicios por uso del derecho de maternidad”.