“Cuando haya indicios fundados de que los hijos e hijas menores de edad hubieran presenciado, sufrido o convivido con la violencia (...), la autoridad judicial, de oficio o a instancia de
parte, suspenderá el régimen de visitas, estancia, relación o comunicación del inculpado respecto de los menores que dependan de él”, establece la ley contra la violencia en la infancia que el Parlamento español aprobó en 2021.